Según la ley, los proveedores de atención médica deben brindar pacientes que no tienen seguro o que no lo utilizan una estimación de la factura de artículos y servicios médicos.
• Tiene derecho a recibir una estimación de buena fe del costo total esperado de cualquier artículo o servicio que no sea de emergencia. Esto incluye los costos relacionados, como las pruebas médicas, los medicamentos con receta, el equipo y las tarifas hospitalarias.
• Asegúrese de que su proveedor de atención médica le dé una estimación de buena fe por escrito al menos 1 día hábil antes de su servicio o artículo médico. También puedes pedirle a tu proveedor de atención médica y a cualquier otro proveedor que elijas una estimación de buena fe antes de programar un artículo o servicio.
• Si recibe una factura que supera al menos 400 dólares su estimación de buena fe, puede impugnarla.
• Asegúrese de guardar una copia o una imagen de su estimación de buena fe.
Si tiene preguntas o desea obtener más información sobre su derecho a una estimación de buena fe, visite www.cms.gov/nosurprises o llama al 800-985-3059